Política de No trabajo infantil.

Código y revisión: PML-P-SGI-14 VER 00 ENE 2024

1. OBJETIVO.

Establecer el compromiso de Profesionales en Mantenimiento y Limpieza S.A. de C.V. (PROMALI) con la prohibición absoluta del trabajo infantil en todas nuestras operaciones y cadenas de suministro, en cumplimiento de la legislación nacional e internacional, los estándares laborales, y los valores éticos de la empresa.

2. ALCANCE.

Esta política aplica a todas las personas que trabajan en o para PROMALI; como: contratistas, proveedores, subcontratistas, socios comerciales y cualquier otra persona relacionada con las actividades de PROMALI.

3. MARCO LEGAL Y NORMATIVO.

  • Ley Federal del Trabajo (LFT): Artículos 22 y 23 prohíben el trabajo infantil.
  • Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018: Enfocada en la identificación de riesgos psicosociales y el respeto a los derechos humanos laborales, incluyendo la erradicación del trabajo infantil.
  • Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2015: Relativa a la igualdad laboral y no discriminación, promoviendo entornos laborales libres de explotación.
  • Convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo): Convenio 138 (Edad mínima de admisión al empleo) y Convenio 182 (Prohibición de las peores formas de trabajo infantil).
  • Convención sobre los Derechos del Niño (ONU): Artículos 32 y 36, que garantizan la protección de los menores frente a cualquier forma de explotación laboral.
  • Código de Ética de PROMALI .

4. PRINCIPIOS Y COMPROMISOS.

4.1 Cero tolerancias al trabajo infantil:
• No se permitirá la contratación de menores de edad bajo ninguna circunstancia.
• En todo Proceso de contratación (PR-REC-01) se deberá apegar totalmente a lo indicado en el Proceso de Reclutamiento.

4.2 Cumplimiento del Código de Ética:
El Código de Ética promueve el respeto a los derechos humanos y rechaza cualquier forma de explotación y/o trabajo infantil.

4.3 Verificación en el Reclutamiento:
Durante el proceso de selección, se verificará la documentación oficial de todos los candidatos para garantizar que cumplen con la edad mínima legal.

4.4 Relación con la Cadena de Suministro:
Se realizarán exhortos regulares a proveeduría y contratistas para invitarlos a que no utilicen trabajo infantil en sus operaciones, alinearse a nuestro Código de Ética y cumplir con las leyes en materia de trabajo infantil.

4.5 Colaboración con Autoridades y Organismos:
PROMALI trabajará de manera activa con instituciones gubernamentales, organismos internacionales y asociaciones civiles para erradicar el trabajo infantil.

5. MEDIDAS DE SEGUIMIENTO Y AUDITORÍA.

  • El departamento de Recursos Humanos realizará revisiones periódicas para verificar el cumplimiento de esta política.
  • Cualquier sospecha de trabajo infantil deberá ser reportada de inmediato a través de los canales de denuncia confidencial con los que se cuenta en la empresa.
  • El incumplimiento de esta política por parte de empleados (as) o socios comerciales resultará en sanciones disciplinarias, que podrían incluir la terminación de la relación laboral o contractual.

6. CAPACITACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN.

PROMALI capacitará regularmente a sus empleados (as) y socios comerciales sobre la importancia de erradicar el trabajo infantil, los estándares legales aplicables y las consecuencias de su incumplimiento.

7. VIGENCIA Y REVISIÓN.

Esta política será revisada y actualizada anualmente para garantizar su alineación con las regulaciones vigentes y los estándares internacionales.

8. RESPONSABILIDAD CORPORATIVA.

PROMALI reafirma su compromiso de promover un ambiente laboral digno, ético y respetuoso de los derechos humanos, y se une al esfuerzo global por la eliminación del trabajo infantil.

Ricardo Ojeda Cruces
Gerencia General

Código y revisión: PML-P-SGI-14 VER 00 ENE 2024

Ir al contenido